"Pienso que claridad (en el uso del lenguaje) significa entre otras cosas, el uso de terminología comprensible en principio por todos -el (los) emisor (es) y el (los) receptor (es)-, realizada en lo posible con orden, es decir, corrección en cuanto al empleo de las reglas idiomáticas (por ejemplo, semántica correcta, sintaxis correcta). Por precisión, en cambio, entiendo una aproximación a la idea de detalle; y, por exactitud, entiendo coherencia o correspondencia entre lo pensado y la realidad. De allí quedan tácitas ciertas consecuencias posibles:
Un lenguaje puede ser claro, pero muy impreciso. El lenguaje empleado puede ser fácilmente comprensible, es decir, no generar dudas sobre lo que se quiere decir, pero impreciso (altamente, medianamente, o no tanto). A la inversa, el lenguaje puede ser poco claro, pero no por ello impreciso (en cuanto al objeto que se está especificando). A veces se ha dicho de ciertos filósofos, que su lenguaje es oscuro, pero ello no significa que sea impreciso. En otra hipótesis más favorable, es decir habiendo una sumatoria -por ejemplo en una exposición verbal o escrita- de claridad y precisión, puede presentarse -sin embargo- un alto grado de inexactitud (es decir, no correspondencia entre lo afirmado y la realidad)!" pp. 61 y 62.
J. Bautista Pfeiffer,"Reflexiones sobre Lenguaje, Derecho y Justicia", en Revista Telemática del Derecho , 11, 2007, pp. 57-74 (http://www.rtfd.es 4-03-2008).
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